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lunes, 16 de noviembre de 2020

Outsourcing: reglas y sanciones a quienes 'se pasen de rosca'





La semana pasada del Presidente Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) Luisa María alcalde, anunciaron que en el corto plazo se acabarán las malas prácticas de Outsorcing o subcontratación que actualmente lastiman los derechos de los trabajadores.

Sobre todo la COPARMEX y el PAN han dicho de qué esta medida lastimara fuertemente a la comunidad empresarial y en consecuencia a los propios trabajadores que se tratan de defender sin embargo esto está alejado de toda realidad.


Ante la creciente práctica de la subcontratación a partir de la presencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 se decidió que se tenía que combatir el problema.

Ejes de la reforma constitucional y la ley federal del trabajo.


La propuesta de reforma se define en tres ejes:

* Se eliminan de la ley Federal del trabajo los artículos con las que se creó esta modalidad de contratación.

* Se prohíbe la subcontratación de personal de manera cotidiana y sólo se podrá poner en práctica para servicios especializados.

* La operación de las agencias de colocación de trabajadores estará acotada sólo a tareas de reclutamiento selección entrenamiento y capacitación de personal y estas de ninguna manera serán consideradas como el patrón de la persona que desempeñará la actividad laboral.

¿Qué deben cumplir quienes quieran subcontratar?


Ahora bien las empresas que pretenden seguir aplicando este régimen de outsourcing deberán cumplir con las siguientes condiciones:

* Se tendrá que contar con la autorización de la STPS misma que tendrá una vigencia de tres años.

* Se creará un padrón de prestadores de servicios especializados coordinado por la Secretaría del trabajo con la finalidad de no volver a abusar de esta modalidad de contratación.

* La empresa que contrate servicios especializados será responsable solidaria en caso de incumplimiento de las obligaciones patronales, es decir, que si la empresa para la que laborarán los trabajadores especializados no cumple, por ejemplo, con darles prestaciones de ley, la empresa de Outsorcing deberá cubrir en dicha necesidad.

* Los prestadores de servicio especializados deberá entregar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un reporte trimestral de todos los contratos celebrados en cada periodo.

* Se prohíbe la deducción o acreditación fiscal de la subcontratación de personal lo que reducirá drásticamente la posibilidad de cometer el delito de fraude fiscal.

* Las empresas que actualmente apliquen el método de su contratación tendrá en un periodo de seis meses para adecuarse a las nuevas reglas de la actual reforma.

SANCIONES PARA QUIENES "SE PASEN DE ROSCA"


Ahora bien estimado lector que pasa si las empresas vuelven a abusar de esta modalidad de contratación; aquí algunas sanciones:

* Se aplicará una multa de hasta 434,400 pesos a las empresas de subcontratación que operen sin permiso de la Secretaría del trabajo.

* Se aplicarán multas de hasta 173,760 pesos a las prestadoras de servicios que no entreguen los reportes trimestrales al IMSS.

* Se aplica la multa de los 150,000 a los 300,000 pesos por la omisión en la entrega de información sobre la deducción o acreditación del IVA e ISR por los servicios.

Con estas medidas se prevé que todo trabajador puede desempeñar su empleo en condiciones dignas, de equidad y que tenga posibilidades reales de tener un retiro más digno en un futuro a corto, mediano o largo plazo según sea el caso y se materializa la iniciativa de reforma que postulara en septiembre de 2018 la Sen. Marybel Villegas de Morena.



Y la pregunta del millón...

¿Qué pasará con las empresas que traten de defenderse con uñas y dientes para seguir aplicando el régimen actual de su contratación lo que a todas luces viola los derechos de los trabajadores?

Al tiempo.


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