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Según Martha Tudón, coordinadora de Derechos Digitales de Artículo 19, estas iniciativas son violatorias de nuestra Constitución y tratados comerciales de los que México es parte, pero que no tienen esta condición en la legislación de los Estados Unidos.
Derechos de autor
Las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, obligan a que plataformas digitales (Facebook, Twitter, TikTok, YouTube, Instagram), motores de búsqueda (Google, Yahoo, Bing, etc.) y proveedores de sitios web deben eliminar contenidos de Internet cuando una persona acuse a otra de, supuestamente, vulnerar sus derechos de autor.
Por si lo anterior no fuese suficientemente grave, la eliminación se realizará sin orden judicial y sin presentación de pruebas, sino solo con la denuncia del presunto afectado.
Será ilegal y meritorio de sanciones que pueden alcanzar multas de $1.7 millones de pesos y hasta 6 años de prisión eludir un candado digital para inspeccionar, reparar, dar mantenimiento o modificar un aparato, vehículo o dispositivo tecnológico.
Según Artículo 19:
“Esta reforma busca aplicar en México un mecanismo extrajudicial existente en Estados Unidos, sin considerar que los contextos en ambos países para la libertad de expresión son abismalmente diferentes".
"En México, el Estado tiene una deuda histórica hacia la sociedad sobre hechos de corrupción y graves violaciones a derechos humanos; sin las salvaguardas necesarias, las reformas aprobadas abren el camino para que se abuse por parte de actores políticos, económicos y mediáticos"
Candado digital para inspeccionar o reparar dispositivos
Será ilegal y meritorio de sanciones que pueden alcanzar multas de $1.7 millones de pesos y hasta 6 años de prisión eludir un candado digital para inspeccionar, reparar, dar mantenimiento o modificar un aparato, vehículo o dispositivo tecnológico.
Será igual de ilegal eludir un candado digital para ejercer los derechos a la libertad de expresión, amparados por las excepciones y limitaciones al derecho de autor reconocidas en los artículos 148 y 151 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Ante tales condiciones corresponde a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a su directora general, Rosario Piedra Ibarra, el interponer una acción de inconstitucionalidad, pues los mecanismos de censura y las prohibiciones excesivas a la elusión de medidas tecnológicas de protección, aprobadas como parte de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, atentan contra los derechos humanos.
CNDH, hasta el 31 de julio para interponer acción de inconstitucionalidad
Ante tales condiciones corresponde a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a su directora general, Rosario Piedra Ibarra, el interponer una acción de inconstitucionalidad, pues los mecanismos de censura y las prohibiciones excesivas a la elusión de medidas tecnológicas de protección, aprobadas como parte de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, atentan contra los derechos humanos.
Es por esta razón que la Red en Defensa de los Derechos Digitales dirigió una carta a la directora de la CNDH para que interponga dicho recurso legal, pues la fecha límite para hacerlo es el 31 de julio del presente año.
Con información de Forbes.
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